Ley
37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Ejemplo art. 14.
Adquisiciones no sujetas.
EJEMPLO I.
El Sr. Pérez, de profesión médico y residente en Zaragoza adquiere el 01/07/2009 una serie de utensilios necesarios para prestar su servicios a la sociedad FRUC francesa por valor de 7.000€. El 31/10/2009 adquiere de nuevo material médico a la sociedad CUTS domiciliada en Alemania por 4.000€. A principios de año había adquirido por catálogo material médico por valor de 5.500€ a una sociedad belga, siendo los costes de transporte a costa del Sr. Pérez.
Adquisición de utensilios: es una adquisición intracomunitaria no sujeta por
lo siguiente:
· El Sr. Pérez realiza exclusivamente operaciones que no dan derecho a
deducción.
· El importe de la contraprestación no excede de 10.000€. No se tiene en
cuenta el importe de la adquisición por catálogo porque es una venta a
distancia que tributa en Bélgica al ser el transporte por cuenta del Sr. Pérez.
El sujeto pasivo será la Sociedad Francesa.
Adquisición de material médico: Es una adquisición intracomunitaria sujeta y no exenta porque aunque es adquirido por un sujeto pasivo que no tiene derecho a la deducción del impuesto (realiza una actividad exenta conforme el artículo 20.uno.3º de la Ley) el importe total de las adquisiciones procedentes de otros Estados miembros ha alcanzado en el año natural en curso 11.000€, importe que supera los 10.000€ establecidos. El sujeto pasivo será el Sr. Pérez.
Ver artículo 68.3
de la Ley.
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